TRABAJADORES AUTÓNOMOS. AVANCE DE LAS PRINCIPALES MEDIDAS.

07 Jul TRABAJADORES AUTÓNOMOS. AVANCE DE LAS PRINCIPALES MEDIDAS.

El pasado 29 de junio el Congreso ha aprobado por unanimidad la proposición de Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, en la que se prevén nuevas medidas tales como deducciones de gastos corrientes, la protección social y familiar y favorecer el emprendimiento y el relevo generacional de los autónomos.

Adelantamos un avance de las principales medidas de esta norma que, una vez haya sido aprobada en la Comisión de Empleo del Congreso de los Diputados, pasará al Senado, para la posible presentación de enmiendas y después volverá al Congreso. Se estima que la mayor parte de las medidas puedan comenzar a aplicarse a partir del próximo mes de septiembre, una vez que la ley haya sido publicada en el BOE y entre en vigor.

PRINCIPALES MEDIDAS

  • Deducción en el IRPF del 20 % de gastos de agua, electricidad o Internet, si se trabaja desde casa (actividades económicas sin local afecto).
  • Se reconoce el accidente «in itinere» (de ida o de vuelta al puesto de trabajo).
  • Si se es autónomo en edad de jubilación y se tiene al menos un trabajador contratado, se podrá compaginar la actividad con el 100% de la pensión, en lugar del 50% de la pensión que se establecía hasta ahora en caso de continuar con la actividad.
  • La cuota de los autónomos societarios se desvincula de la subida del salario mínimo interprofesional, por lo que se establecerá cada año en los presupuestos generales del estado.
  • Se reducen las multas por impago a la Seguridad Social, del 20 al 10% en el primer mes.
  • Se permitirá cambiar cuatro veces al año la base de cotización, en función de intereses e ingresos.
  • Se permitirá darse de alta y de baja para pagar solo por los días trabajado. Únicamente se pagará por los periodos efectivamente trabajados (3 altas y 3 bajas al año permitidas).
  • Se amplía la tarifa plana de 50 euros de 6 meses a un año y, pasados dos años desde la finalización de la actividad, los autónomos podrán volver a acogerse a esta tarifa.
  • Tarifa plana de 50 euros para mujeres que se reincorporen tras la baja por maternidad.
  • Devolución de la parte correspondiente por exceso de cotización en caso de pluriactividad sin tener que solicitarlo.
  • Exención del 100 % de la cuota durante 1 año para el cuidado de menores o dependientes.
  • Bonificación del 100% de la cotización a la Seguridad Social para trabajadores autónomos durante descanso por maternidad, paternidad, adopción etc.
  • Se facilita y permite la contratación a los hijos discapacitados de los autónomos.
  • Se aumenta hasta 12 años (antes 7) la edad de menores a cargo que da derecho al reconocimiento de la bonificación por conciliación.
  • Exención del 100% de la cuota de autónomos durante 12 meses por cuidado de menores o dependientes.

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